Fecha de Publicación: 01/07/1977
Página: 2-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

   A la División Investigación y Evaluación compete:

1)   Obtener e interpretar las informaciones del problema en estudio, a
     fin de diagnosticar la problemática nacional, que permitan orientar
     los programas y planes a desarrollar;
2)   Proponer la realización o contratación de estudios sicosociales,
     tanto en el ámbito nacional como en el internacional, dirigidos a
     recabar información que permita conocer el grado de penetración de
     los medios de comunicación, y los efectos producidos por mensajes o
     campañas;
3)   Evaluar en base a una apreciación constante, los resultados de
     estudios y planes desarrollados y en ejecución.
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