Fecha de Publicación: 01/07/1977
Página: 2-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 15

   El Reglamento de Organización Interna, determinará las atribuciones y
funciones designadas a cada una de las unidades que integran la Dirección
Nacional de Relaciones Públicas y podrá establecer otros departamentos u
oficinas bajo dependencia directa de las divisiones establecidas en el
presente decreto.
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