Fecha de Publicación: 15/02/2016
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

   Incorpóranse al Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social" a los funcionarios presupuestados y a los que se desempeñaban en régimen de "provisoriato" en la Unidad Ejecutora suprimida por el artículo 514 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, según detalle que surge de los Anexos (I) y (II) (Personal presupuestado y contratado en régimen de provisoriato, otras formas de contratación y puestos de trabajo vacantes).
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