Fecha de Publicación: 23/02/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 6

   Agrégase al artículo 78 del Decreto N° 150/007 de 26 de abril de 2007, el siguiente numeral:

   "7)  Los saldos que los responsables mantengan con los contribuyentes
        de IRPF e IRNR por impuestos abonados o convenidos,
        correspondientes a los dividendos o utilidades fictos dispuestos
        por los artículos 16 BIS del Título 7 y 12 BIS del Título 8, del
        Texto Ordenado 1996."
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