Fecha de Publicación: 21/10/2004
Página: 99-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Decreto 370/004

Declárase aplicable en el derecho interno el documento denominado 
"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la Lista Positiva para Envases y 
Equipamientos Elastoméricos en Contacto con Alimentos" aprobado por 
Resolución 28/999 del Grupo Mercado Común.
(2.023*R)

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                         Montevideo, 15 de Octubre de 2004
                                                                          
VISTO: la resolución N° 28/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por 
la que se aprobó el documento "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la Lista 
Positiva para Envases y Equipamientos Elastoméricos en Contacto con 
Alimentos";

CONSIDERANDO: I) lo establecido en el artículo 38 del Protocolo Adicional 
al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR 
-Protocolo de Ouro Preto -aprobado por la Ley No.16.712 de 1° de 
setiembre de 1995, respecto de que los Estados parte se comprometen a 
adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos 
territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos 
correspondientes previstos en el articulo 20 del referido Protocolo;

II) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la División 
Productos de Salud del Ministerio de Salud Pública;

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1° y siguientes de la Ley 
No.9.202 de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Declárase aplicable en el derecho interno el documento denominado 
"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la Lista Positiva para Envases y 
Equipamientos Elastoméricos en Contacto con Alimentos" aprobado por la 
resolución N° 28/99 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que figura como 
Anexo y forma parte del presente Decreto


		
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