Fecha de Publicación: 12/08/2008
Página: 389-A
Carilla: 27

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 17

 En caso de incumplimiento del plazo para la puesta en funcionamiento de
la estación o de las condiciones del proyecto propuesto, quedará sin
efecto la autorización respectiva y el titular perderá, sin derecho a
reclamo de clase alguna, el importe correspondiente al depósito de
garantía.
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