Fecha de Publicación: 30/11/2012
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 3

 Pagos Parciales.- Las operaciones pagadas parcialmente con las tarjetas
de débito o crédito, emitidas en el exterior del país, gozarán del
beneficio exclusivamente sobre el monto abonado bajo la modalidad prevista
en el presente régimen.-
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