Fecha de Publicación: 30/11/2012
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Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 8

 Administradoras de propiedades - Obligación de informar.- Las entidades
administradoras de propiedades deberán suministrar mensualmente a la
Dirección General Impositiva, la información relativa a las operaciones
comprendidas en el presente régimen, que ésta les solicite.-
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