Fecha de Publicación: 31/10/1997
Página: 218-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 379/997

Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura 
organizativa de la Unidad Ejecutora 003 "Casa Militar" Inciso 02 
"Presidencia de la República".
(2.591*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 10 de octubre de 1997

VISTO: lo dispuesto en los artículos 707 y siguientes de la Ley Nº 16.736
de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de 16 de
mayo de 1996;

RESULTANDO: I) que los mismos refieren a la reformulación de las
estructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional, siendo aplicables a los demás Incisos comprendidos en el mismo;

II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento
a que debe ajustarse la mencionada reformulación de estructuras
organizativas;

III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 02 
"Presidencia de la República ha presentado para su consideración por el 
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de 
reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 003 
"Casa Militar";

CONSIDERANDO: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos orientado en el sentido de la definición de
los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro
de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de
control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

II) que a los efectos señalados, en la tarea de reformulación se parte de
una redefinición de los objetivos estratégicos, procurando adaptar la
modalidad tradicional de la Administración hacia una más gerencial
centrada en los resultados de la gestión pública, cuyo fin último es la
satisfacción de las necesidades de los ciudadanos;

III) que de acuerdo con lo expuesto se busca concretar en cada proyecto 
de reformulación de estructuras organizativas, con base en una 
dirección estratégica, una clara definición de los cometidos sustantivos 
asumidos por la Administración; una descripción de la organización 
necesaria para cumplir con dicha definición estratégica y la previsión 
de los puestos de trabajo requeridos para su funcionamiento con un 
enfoque gerencial, todo ello enmarcado en un plan de implantación;

IV) que la modalidad gerencial a que se tiende privilegia la capacitación
y el desempeño eficiente, como centro de la política de recursos humanos
y la recuperación de las capacidades gerenciales del sector público a 
través de la alta especialización;

V) que el proyecto presentado por el Inciso 02 "Presidencia de la
República para la Unidad Ejecutora 003 "Casa Militar" ha sido analizado
por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el que ha entendido 
que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos, en tanto las
adecuaciones o transformaciones que incluye resultan consistentes con los
cometidos sustantivos asignados al referido Inciso y, en cuanto recoge 
los criterios determinados en la Ley y su reglamentación;

VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de reformulación de la estructura organizativa de
la Unidad Ejecutora de que se trata;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura
organizativa de la Unidad Ejecutora 003 "Casa Militar" Inciso 02
"Presidencia de la República que consta de 4 fs, el que se considera 
parte integrante de este Decreto cuya efectiva implantación estará 
condicionada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 713 de la 
Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

Artículo 2

   Cumplido el plazo de treinta días a que refiere el artículo 730 de la 
Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, el Jerarca del Inciso procederá a
declarar las excedencias de cargos y funciones contratadas resultantes.
   Dentro del término de sesenta días corridos, contados desde la fecha 
de remisión a la Asamblea General del proyecto que se aprueba, el Jerarca 
del Inciso remitirá al Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado el 
detalle con especificación de destino de las economías generadas como 
consecuencia de la ejecución de dicho proyecto.

Artículo 3

   Facúltase al Jerarca del Inciso para que -previo informe favorable del
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado- efectúe las acciones
concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva
implantación del proyecto que se aprueba, las que se comunicarán por el
Poder Ejecutivo a la Asamblea General para su conocimiento.

Artículo 4

   Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
SANGUINETTI - LUIS MOSCA

REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso: 02 - Presidencia de la República
Unidad Ejecutora: 003 - Casa Militar

CAPITULO I: Objetivos estratégicos

   La Casa Militar tiene por cometidos esenciales asistir y asesorar al Sr. Presidente de la República en todos los actos oficiales que concurra
o a los privados que determine y actuar de enlace con las Fuerzas Armadas en todas las actividades en que participe el Sr. Presidente de la República. Asimismo le concierne la Seguridad Personal del Primer Mandatario y su familia, así como de todas las Dependencias Oficiales afectadas a la Presidencia de la República.

CAPITULO II: Cometidos

   1. Cometidos sustantivos

   *  Programar, coordinar y realizar el servicio de seguridad
      Presidencial.
   *  Programar, coordinar y gestionar el servicio de transporte de la
      Presidencia de la República.
   *  Dirigir y controlar la Guardia del Regimiento de Caballería Nº 1
   *  Administrar y conservar el monumento en memoria del General Artigas
      y el Mausoleo
   *  Administrar el Establecimiento Presidencial de Anchorena y la
      Residencia Presidencial de Punta del Este.
   *  Programar, coordinar y asistir las visitas del Sr. Presidente de la
      República al interior y exterior del país en los aspectos
      concernientes a su área de acción.
   *  Programar, coordinar y asistir las visitas de Primeros Mandatarios
      Extranjeros en Visita Oficial a nuestro país en los aspectos
      concernientes a su área de acción.

   2. Cometidos de apoyo a los sustantivos que permanecen en la Unidad
      Ejecutora

   *  Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de la
      Casa Militar.

   3. Cometidos de apoyo a los sustantivos con actividad prestacional
      fuera del ámbito de la Administración Central

   *  Realizar las tareas de mantenimiento y reparación de vehículos.

CAPITULO III: Estructura Organizativa

   1. Organización

La Casa Militar es una unidad ejecutora del Inciso 02 Presidencia de la
República y su estructura organizacional se refleja en la "Organización
para el Cumplimiento de Cometidos" adjunta, en la cual, además se
explicitan las actividades a contratar con terceros total o parcialmente

   2. Descripción de las funciones asignadas a las unidades directamente
      dependientes.

   -  Servicio de Seguridad Presidencial

   *  Programar, coordinar y efectuar el servicio de seguridad del Señor
      Presidente de la República, en el país y en el exterior.
   *  Programar, coordinar y efectuar el servicio de seguridad de las
      dependencias y residencias presidenciales y lugares a ser visitados
      por el Sr. Presidente, como así las rutas a seguir.
   *  Brindar apoyo a visitantes oficiales extranjeros

   -  División Transporte

   *  Programar, coordinar y efectuar el servicio de transporte del Señor
      Presidente de la República, Secretario, Prosecretario de la
      Presidencia de la República, Jefe de la Casa Militar y demás
      jerarquías de las Unidades Ejecutoras 001 y 003.
   *  Coordinar y efectuar el servicio de transporte de personas y
      documentación de las Unidades Ejecutoras 001 y 003.
   *  Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de la flota de
      vehículos asignada a las Unidades Ejecutoras 001 y 003.
   *  Administrar y controlar el despacho de combustibles a la flota de
      vehículos del Inciso.

   -  Departamento Establecimiento Presidencial de Anchorena

   *  Administrar el Establecimiento Presidencial de Anchorena
   *  Coordinar actividades del Centro de Visitantes del Establecimiento
      Presidencial Anchorena

   -  Departamento Residencia de Punta del Este

   *  Administrar la Residencia de Punta del Este

   -  Departamento Monumento en memoria del General Artigas y Mausoleo

   *  Administrar y conservar el Monumento en memoria del General Artigas
      y el Mausoleo.

   *  Coordinar actividades.

   3. Actividades con ejecución total o parcial a cargo de terceros

   En todos los casos, los términos contractuales serán definidos y los
contratos realizados por la División Administración de la Unidad 
Ejecutora 01 Presidencia de la República y Oficinas Dependientes. El 
control del cumplimiento del objeto de los mismos será realizado por 
dicha División Administración y por la unidad organizativa responsable 
del servicio específico según se señala a continuación.

   *  Realizar tareas de mantenimiento y reparación de vehículos
   Esta actividad será contratada en forma parcial con terceros y la Unidad Organizativa responsable será la División Transporte.

   La contratación de los servicios antes mencionados estará condicionada a un previo análisis de costo-beneficio.

CAPITULO IV: Estructura de puestos de trabajo

1. Naturaleza del vínculo funcional de la dirección de las unidades
organizacionales que se indican:

   Los puestos de trabajo de la Unidad Ejecutora Casa Militar pertenecen 
a la Unidad Ejecutora 001 Presidencia de la República y Oficinas 
Dependientes, con excepción hecha de los siguientes:

   Casa Militar
   *  Cargo artículo 31, literal (C), numeral 4, Decreto Ley 14.157
   *  Cargo: artículo 31, literal (E), numeral 2, Decreto Ley 14.157

   Seguridad Presidencial
   *  Destino policial.

   Transporte
   *  Destino militar.


Organización para el Cumplimiento de Cometidos

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."


		
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