Fecha de Publicación: 10/12/2013
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Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Artículo 7

 El formulario al que alude la presente reglamentación, deberá estar a
disposición de los usuarios en las Oficinas de Atención al Usuario de las
Instituciones prestadoras de servicios de salud, así como también en las
del Ministerio de Salud Pública.
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