PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El ajuste salarial anual referido en el artículo anterior se aplicará a partir del 1° de julio de 2018 sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2018 de acuerdo al siguiente detalle: Arroz: 1° de julio de 2018: 6,5% Tambos: 1° de julio de 2018: 6,5% Demás Sectores: 1° de julio de 2018: 7,5%Ayuda