Fecha de Publicación: 31/12/2010
Página: 8-D
Carilla: 54

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 40

 Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo,
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a precios de 1° de enero de 2009,
aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto:

Escalafón C.- Administrativo
Cargo                           Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Gerente de Area Hipódromo        34         61.611             1
Inspector                        22         28.559             4
Administrativo                   16         21.752             3
Escalafón A.- Profesional
Cargo                          Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Técnico I - Contador             26         38.645             1
Técnico I - Abogado              26         38.645             1
Técnico I - Veterinario          26         38.645             2

Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión
horaria, beneficios sociales y las primas de vestimenta, alimentación,
asistencia social y la prima especial por el desarrollo de funciones de
alta complejidad y responsabilidad que se regulan en los artículos 8°,
12°, 13° y 14° del presente Decreto. En ningún caso podrán percibir otra
retribución o beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que
perciben los funcionarios del Programa I y que están referidos
específicamente, al desempeño de las actividades previstas en el mismo.
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