Modificase el art. 24 del Decreto 431 de 28/12/2012 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"La provisión de vacantes de ascenso de cargos pertenecientes a Oficina Central de la Dirección General de Casinos, Escalafones C, D y F hasta el grado 26 inclusive, se realizará mediante llamados realizados por el Jerarca de la Unidad Ejecutora a los que se podrán presentar los funcionarios presupuestados de la misma, pertenecientes a cualquier escalafón, serie y grado, siempre que reúnan el perfil y los requisitos del cargo a proveer.
La provisión de vacantes de cargos con grado superior al 26, se realizará mediante concurso de oposición y méritos y se proveerán de acuerdo a lo dispuesto para los funcionarios de la Administración Central, pudiendo presentarse a los mismos también los funcionarios Gerentes I y II de Salas de Juegos".