El precio básico de referencia, calidad Grado 2, por cada tonelada de trigo a granel puesto en depósito habilitado y que servirá de base al Banco de la República Oriental del Uruguay para el cálculo del préstamo a
conceder, será determinado mensualmente por la Dirección Granos del Ministerio de Agricultura y Pesca, en base al siguiente procedimiento:
a) Calcular los precios medios por tonelada (en dólares de los Estados
Unidos de América), al cierre de las operaciones de venta de la
segunda y tercera semana del mes anterior a aquél para el cual se
establece el precio básico. A estos efectos, se promediarán los
precios del trigo argentino FOB Rosario - Buenos Aires y trigo
norteamericano tipo "Hard Winter" Nº 2 FOB puertos del Golfo de
México;
b) Adicionar a la cotización promedio resultante del cálculo señalado, el
monto correspondiente a la aplicación de la tasa Global Arancelaria
vigente;
c) Transformar la cifra en dólares de los Estados Unidos de América
resultante del procedimiento antes señalado, a nuevos pesos por
tonelada, empleando el tipo de cambio vendedor de dicha divisa con que
operó la Mesa de Cambios del Banco Central del Uruguay al último día
del mes anterior a aquél para el cual se está calculando el precio
básico.
Los precios básicos así calculados serán anunciados por la Dirección
Granos antes del primer día hábil del mes en que regirán.