Fecha de Publicación: 10/12/1982
Página: 442-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 15

   (Transitorio). Autorízase a la Dirección Granos del Ministerio de Agricultura y Pesca, para vender a partir del 1º de diciembre de 1982 en forma directa a cualquier interesado y por el precio básico de referencia
más el 20% (veinte por ciento), el trigo de zafras anteriores de que disponga hasta agotar dichas existencias.
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