Fecha de Publicación: 10/12/1982
Página: 442-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 3

   Regirán, en todas las operaciones, las normas reglamentarias sobre calidad y registro establecidas por los decretos 462/978, de 11 de
agosto de 1978; 708/978, de 1º de diciembre de 1978; 618/979, de 31 de
octubre de 1979; 569/981, de 12 de noviembre de 1981; 615/981, de 15 de
diciembre de 1981, modificativos y concordantes, y los relacionados con
aportes al Fondo Nacional de Silos y Fondos de Lucha Contra las Plagas
Agrícolas.

                            CAPITULO II

                     De la Asistencia Crediticia

                            SECCION I
  
               A Entidades agropecuarias e Industria Molinera
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