Fecha de Publicación: 30/12/1999
Página: 646-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 405/999

Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura
organizativa de la Unidad Ejecutora, 003 "Dirección General de
Información de Defensa", que pasará a denominarse "Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado".
(2.704*R)

MINISTERO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 21 de diciembre de 1999

VISTO: lo dispuesto en los artículos 707, 709, 710 y 713 de la Ley Nº
16.736 de 5 de enero de 1996 y en su Decreto reglamentario Nº 186/996 de
16 de mayo de 1996;

RESULTANDO: I) que los mismos refieren a la reformulación de las
estructuras organizativas de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto
Nacional;

II) que el Decreto Nº 186/996 fija las normas técnicas y de procedimiento
a que debe ajustarse la mencionada reformulación de estructuras
organizativas;

III) que de conformidad con dicho procedimiento, el Inciso 03 "Ministerio
de Defensa Nacional", ha presentado para su consideración por parte del
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, el proyecto de reformulación
de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 003 "Dirección
General de Información de Defensa";

IV) que el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 faculta a efectuar
modificaciones a las estructuras escalafonarias de los puestos de trabajo
siempre que no impliquen un incremento en el total de las asignaciones
presupuestarias ni en sus dotaciones de personal;

V) que al amparo de la norma precitada, la Dirección General de
Información de Defensa, presentó la reformulación de la estructura del
Escalafón K "Personal Militar" de esa Unidad Ejecutora.

VI) que el Decreto Nº 468/997 de 11 de diciembre de 1997 reglamenta la
utilización de las economías resultantes de la reformulación de las
estructuras organizativas efectuada en el marco de la Ley Nº 16.736, así
como la reasignación presupuestaria de los créditos;

CONSIDERANDO: I) que el proceso de reformulación de las estructuras
organizativas de los Incisos, orientado en el sentido de la definición de
los cometidos sustantivos de la Administración, tiene por objeto el logro
de una mayor eficacia del Estado en su acción normativa, reguladora y de
control y de una mayor eficiencia en la prestación de los servicios;

II) que el proyecto presentado por el Inciso 03 "Ministerio de Defensa
Nacional" para la referida unidad ejecutora, tiende a adecuar la
dimensión y estructura de la Organización y define una nueva estructura
de cargos manteniendo una relación equilibrada con las responsabilidades
de las diferentes jerarquías.

III) que para adecuar la estructura de puestos de trabajo, el proyecto
prevé la supresión y transformación de cargos del Escalafón K "Personal
Militar";

IV) que la citada Unidad Ejecutora, presentó el detalle con
especificación de destino de las economías generadas como consecuencia de
la ejecución del proyecto;

V) que el proyecto ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, el que ha entendido que cumple con el objetivo de
racionalización perseguido, en tanto las supresiones y transformaciones
que incluye, resultan consistentes con los cometidos sustantivos
asignados a la Dirección General de Información de Defensa y se ajustan a
lo dispuesto por el artículo 713 de la Ley Nº 16.736;

VI) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a la
aprobación del proyecto de que se trata;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el proyecto adjunto de reformulación de la estructura
organizativa de la Unidad Ejecutora, 003 "Dirección General de
Información de Defensa", que pasará a denominarse "Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado", consta de 5 fs. y se considera parte integrante
de este Decreto. Su efectiva implantación estará condicionada al
cumplimineto de lo establecido en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de
5 de enero de 1996.

Artículo 2

 A fin de reformular la estructura escalafonaria del Escalafón "K" de la
Unidad Ejecutora 003 "Dirección Nacional de Inteligencia", autorízase a
destinar el 70% del crédito correspondiente a la supresión de 19 vacantes
de Soldado de 1ra. ya existentes y de hasta 72 que se produzcan a partir
del 1º de enero de 2000, para financiar la creación de los siguientes
cargos: 2 Capitán, 4 Teniente 1ro., 6 Teniente 2do., 8 Alférez.
Los créditos de los Grupos 0 "Servicios Personales", 1 "Bienes de
Consumo" y 2 "Servicios no personales", en los Objetos del gasto que se
detallan a continuación deberán ajustarse de acuerdo a las supresiones y
transformaciones que se efectúen en el escalafón K "Personal Militar",
abatiendo asimismo el 30% correspondiente a las vacacantes que se
suprimen.

Objeto - Auxiliar  Denominación
011                Sueldo Básico de Cargos
042.022            Compensación mensual Ley Nº 16.226 Art. 53
042.012            Compensación al cargo escalafón militar
042.067            Equipo de Oficiales
043.003            Compl. Mens. a personal con dedicación integral Ley Nº
16.736
043.004            Compensación dedicación integral
048.004            Aumento Especial Decreto 180/85
048.009            Aumento Sueldo - Partida Decreto 203/92
048.012            Compensación del 5.3% personal del esc. K y equiparados
059                Sueldo anual complementario
081                Aporte patronal sistema de seguridad social sobre
                   retribuciones
082                Otros aportes patronales sobre retribuciones
122                Prendas de vestir
234                Viático dentro del país

Artículo 3

 Facúltase al Jerarca del Inciso para que, previo informe favorable del
Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, efectúe las acciones
concretas que resulten imprescindibles para cumplir con la efectiva
implantación de las etapas del proyecto que se aprueba, las que se
comunicarán por el Poder Ejecutivo a la Comisión Permanente.

Artículo 4

 Dése cuenta a la Comisión Permanente, comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI, JUAN LUIS STORACE, LUIS MOSCA.

               REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Inciso 03 - Ministerio de Defensa Nacional
Unidad Ejecutora 003 - Dirección Nacional de Inteligencia de Estado

Capítulo I: Objetivos Estratégicos

La Dirección Nacional de Inteligencia de Estado es responsable de
elaborar la Inteligencia al más alto nivel Nacional, mediante la
coordinación y planificación de todas las actividades de información y
contra-información que desarrollen los diversos organismos especializados
existentes.

Contribuye a la seguridad exterior e interior, alertando en forma
oportuna de posibles amenazas al Estado y a la Sociedad, desarrollando su
capacidad a fin de acompañar la dinámica de la globalización para
satisfacer las necesidades de la Defensa Nacional en tiempo y espacio.

Capítulo II: Cometidos

1. Cometidos Sustantivos

*  Asesorar al Poder Ejecutivo, a través del Ministro de Defensa Nacional
   en materia de Inteligencia y Contra-Inteligencia a nivel Nacional e
   Internacional.
*  Instrumentar un Sistema de Inteligencia de Estado que, a favor de la
   capitalización de Organismos y medios ya existentes, planifique,
   coordine y ejecute la Inteligencia al más alto nivel del Estado, con la
   finalidad que la misma esté disponible al Poder Ejecutivo en forma
   oportuna y veraz.
*  Elaborar un Plan Nacional de Inteligencia que proporcione una constante
   actualización de la Apreciación de Situación de Inteligencia Nacional y
   optimice los recursos y medios ya existentes.
*  Dirigir e impulsar las actividades de Inteligencia y
   Contra-Inteligencia, mediante el enlace y coordinación con todos los
   Organismos de Inteligencia.
*  Diseminar la Información que se le requiera por cualquier organismo
   integrante del Sistema, o aquella que se considere necesario hacerlo.

2. Cometidos de Apoyo a los Sustantivos

*  Administrar los recursos materiales y finacieros.
*  Actualizar en forma permanente la infraestructura informática, que
   permita utilizar al máximo los avances tecnológicos e impulsar la
   reingeniería de procesos y la implantación de sistemas computacionales
   de última generación, para la rapidez y eficiencia en la Inteligencia
   producida.
*  Administrar los recursos humanos y potenciar su desarrollo para una
   eficiente gestión coadyuvando al cambio de cultura organizacional.
*  Instrumentar un Sistema Nacional de capacitación en el área de
   Inteligencia a fin de obtener una alta calificación y perfeccionamiento
   de los especialistas actuales y prever un adecuado recompletamiento de
   los cuadros del Sistema de Inteligencia de Estado, tomando como base la
   actual Escuela de Inteligencia del Ejército.

Capítulo III: Estructura Organizativa

1. Organización

La Dirección Nacional de Inteligencia de Estado es una Unidad Eejecutora
del Ministerio de Defensa Nacional y su estructura se refleja en la
"Organización Para el Cumplimiento de Cometidos" adjunta.

2. Descripción de las funciones asignadas a la Dirección Nacional y a las
unidades directamente dependientes

Dirección Nacional

La Dirección Nacional se integra con: Director Nacional, Coordinador
General, Secretaría General y Ayudantía y Asesoría Técnica.
A requerimiento de la Dirección Nacional podrán constituirse Mesas de
Análisis.

Director Nacional

*   Asesorar al Poder Ejecutivo a través del Ministro de Defensa Nacional
    en materia de Inteligencia y Contra-Inteligencia.
*   Integrar la Comunidad de Inteligencia del Estado en carácter de
    Coordinador Técnico y Operativo Permanente.
*   Representar o integrar la representación del Estado frente a países
    extranjeros, Organismos Internacionales y Organizaciones e
    Instituciones vinculadas a la elaboración de Inteligencia y
    Contra-Inteligencia, en materias relacionadas a la seguridad nacional
    tales como terrorismo, narcotráfico, etc.
*   Suscribir acuerdos y convenios internacionales y realizar las tareas
    de coordinación, planificación, seguimiento y colaboración necesarias.
*   Dirigir e impulsar las actividades de Inteligencia y
    Contra-Inteligencia mediante el enlace y coordinación con los
    Organismos de Inteligencia de las Fuerzas.
*   Coordinar sus actividades con otros Ministerios y Organismos del
    Estado a efectos de llevar a cabo su misión.
*   Diseminar la información que se le requiera, o aquella que considere
    necesario hacerlo.
*   Dirigir, coordinar y supervisar las actividades de la Dirección, y
    ejercer su gobierno y administración.

Coordinador General

*   Dirigir y coordinar las actividades de las Divisiones y reparticiones
    de acuerdo a las órdenes impartidas por el Director Nacional.
*   Subrogar al Director Nacional en su ausencia, en todos los asuntos
    derivados del Servicio.
*   Integrar la Comunidad de Inteligencia del Estado en carácter de
    miembro permanente.
*   Dirigir las Mesas de Análisis que se constituyan.

Asesoría Técnica

Su integración, organización y actividades serán dispuestas por el
Director Nacional.

*   Cumplir actividades propias de Estado Mayor, de acuerdo a las
    necesidades y directivas que se le impartan.
*   Efectuar el seguimiento de la innovación tecnológica internacional,
    particularizando su afectación en el ámbito Regional y Nacional.
*   Efectuar el seguimiento de los indicadores de afectación del Medio
    Ambiente Nacional y Regional para realizar la alerta oportuna y
    eficaz.

Secretaría General y Ayudantía

*   Registrar, tramitar y distribuir toda la documentación recibida o
    expedida por la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado.
*   Atender todos aquellos asuntos que, conforme a las necesidades del
    servicio determine el Director Nacional.

Mesa de Análisis

Se integran con personal especializado en las diferentes áreas objeto de
asesoramiento, a requerimiento de la Dirección Nacional.

*   Estudiar asuntos o temas comunes a más de una División y elaborar un
    documento único.

División Inteligencia Interior

*   Producir inteligencia sobre la situación nacional.

División Inteligencia Exterior

*   Producir inteligencia sobre la situación internacional.
*   Mantener enlace permanente con las Agencias de Inteligencia Nacionales
    e Internacionales y con los Agregados Militares del país en el
    Exterior.

División Técnica y Operativa

*   Efectuar las operaciones de búsqueda de Información necesarias para la
    producción de Inteligencia, acorde a los requerimientos que se
    establezcan.
*   Realizar tareas de Contra-Inteligencia.

División Administración

*   Administrar los recursos humanos con el propósito de proporcionar
    apoyo a todas las reparticiones de la Dirección Nacional, para el
    cumplimiento de sus funciones específicas.
*   Asegurar los servicios generales de la Institución, así como también
    la seguridad física de las instalaciones.
*   Establecer la política de selección, capacitación y desarrollo del
    personal, para elevar la eficiencia institucional y realizar las
    coordinaciones necesarias para su ejecución.
*   Realizar la administración contable y las actividades de tesorería.
*   Controlar las existencias de bienes y locales.
*   Apoyar el funcionamiento de las Reparticiones con el aprovisionamiento
    correspondiente.

División Sistemas

*   Definir las necesidades de soporte físico y lógico para mantener
    actualizada la infraestructura informática, con el propósito de
    aprovechar los avances tecnológicos, buscando la excelencia en la
    implantación y utilización de los sistemas computacionales de última
    generación.
*   Planificar y ejecutar la selección y capacitación de los funcionarios
    en las tareas informáticas, en coordinación con el Departamento de
    Recursos Humanos.
*   Dirigir y controlar la operatividad de los sistemas de su competencia.
*   Archivar la información recabada.

Capítulo IV: Estructura de Puestos de Trabajo

1.- La Dirección Nacional de Inteligencia de Estado se integrará con
    Personal Superior perteneciente a las tres Fuerzas Armadas (Ejército,
    Armada y Fuerza Aérea), procurando estar representadas en forma
    proporcional a sus respectivos efectivos. Eventualmente podrá integrar
    miembros de otras Agencias a fin de poder atender las exigencias de
    trabajo de variada especialización.

2.- El cargo de Director Nacional será ejercido por un Oficial General de
    las Fuerzas Armadas; el de Coordinador General por un Oficial Superior
    del Ejército Nacional; los de Jefe de División por Oficiales
    Superiores de las FF.AA. El cargo de Jefe de Departamento por SS.OO.
    de las jerarquías de jefes de las Fuerzas Armadas en actividad.
    Se tendrá en cuenta para la asignación de Oficiales Superiores, Jefes
    y Oficiales la especialización en el área y la debida continuidad en
    sus funciones.

3.- La Dirección Nacional de Inteligencia de Estado, podrá contratar
    profesionales y técnicos especializados en forma mensual o anual,
    acorde a sus posibilidades presupuestarias.

Capítulo V - Plan de Implantación

A partir del 1º de febrero de 2000

-   Creación de cargos de Personal Superior en el Escalafón K "Personal
    Militar".

Hasta el 1º de marzo de 2000

-   Análisis de funcionamiento de la organización e instrumentación de
    ajustes que requiera.

-   Modificaciones normativas a ser presentadas a consideración del Poder
    Ejecutivo:
    - Anteproyecto de Decreto de Reglamento del Personal Superior del
      Escalafón "k" de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado.
    - Anteproyecto de Decreto de Calificación y Ascenso del Personal
      Subalterno de la Dirección Nacional de Inteligencia de Estado.

Recibido por D. O. el 27 de Diciembre de 1999


		
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