Fecha de Publicación: 15/07/1976
Página: 98-A
Carilla: 14

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 407/976

Se sustituye la redacción parcial del decreto 459/975, por la cual se modifican disposicione para facilitar la exportación de fruta cítrica.

Ministerio de Agricultura y Pesca.
   Ministerio de Economía y Finanzas.
      Ministerio de Industria y Energía.

                                       Montevideo, 1º de julio de 1976.

Visto: el decreto 459/975 del 5 de junio de 1975.

Resultando: por el aludido decreto se introducen modificaciones al decreto
321/975 del 17 de abril de 1975, que reglamenta la exportación de frutas
cítricas.

Atento: a la conveniencia de subsanar un error dactilográfico en el
artículo 1º del mencionado decreto,

El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

Sustitúyese el artículo 1º del decreto 459/975, del 5 de junio de 1975,
por el siguiente:

     "Artículo 1º. Modifícase el parágrafo 2 del literal b) del párrafo
II, del artículo 35, del decreto 321/975, del 17 de abril de 1975, el que
quedará redactado en la siguiente forma:

     "La superficie total afectada por fruta podrá ser mayor de cinco por
ciento (5%) y menor a la admitida en el grado inmediato inferior, siete y
medio por ciento (7,5%)".

DEMICHELI - JULIO EDUARDO AZNAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO
CARDOSO GUANI.
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