Fecha de Publicación: 29/01/2008
Página: 345-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 Autorización.- La Contaduría General de la Nación dará de baja la
totalidad del crédito presupuestal previsto en el Inciso 23, por el
artículo 454 de la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005, a efectos de
dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2º del presente Decreto y
formulará los instructivos necesarios para su aplicación, pudiendo
determinar los aumentos que correspondan en los casos no previstos
expresamente o en aquellos en que se generen dudas en su interpretación.
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