Fecha de Publicación: 10/01/2013
Página: 7
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 42

 Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo,
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a precios de enero de 2012, aplicables
al Programa II, previsto en el presente Decreto:

Escalafón C.- Administrativo
Cargo                         Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Gerente de Área Hipódromo      34              78.680        1
Inspector                      22              36.471        6
Administrativo                 16              27.548        4
Escalafón A.- Profesional
Cargo                         Grado     Sueldo Básico     Cantidad
Técnico I- Contador            26              49.352        1
Técnico I - Abogado            26              49.352        1
Técnico I- Veterinario         26              49.352        2

Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión
horaria, beneficios sociales y las primas de vestimenta, alimentación,
asistencia social y la prima especial por el desarrollo de funciones de
alta complejidad y responsabilidad que se regulan en los artículos 8, 11,
12 y 13 del presente Decreto. En ningún caso podrán percibir otra
retribución o beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que
perciben los funcionarios del Programa I y que están referidos
específicamente, al desempeño de las actividades previstas en el mismo.
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