Fecha de Publicación: 11/01/2017
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 15

   Los funcionarios de cualquier sub escalafón y grado podrán presentar en los Departamentos u Oficinas de Gestión Humana de las Unidades Ejecutoras a las que pertenecen y en los plazos previstos en el presente Decreto, los certificados de cursos con evaluación (presenciales o por la modalidad "offline"), que tengan relación con la función que habitualmente desempeñan en sus puestos de trabajo, por lo cual -de ser aprobados- se les asignarán los siguientes puntos positivos:
   A) Cursos entre diez (10) y veinte (20) horas de duración con evaluación: Diez (10) puntos por curso.
   B) Cursos mayores de veinte (20) horas de duración con evaluación: Veinte (20) puntos por curso.
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