Fecha de Publicación: 11/01/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 73

   Para el nuevo sistema de calificación del personal, se tomarán como punto de partida los factores positivos y negativos generados en el período que va desde el 1° de enero al 31 de diciembre del año 2016.
   En la cáificación deberá incluirse la actuación del personal correspondiente al mes de enero de cada año independientemente de que los ascensos se produzcan con fecha 1° de febrero.
   En forma transitoria y hasta el momento en que se produzca el ascenso de los funcionarios, se integrarán los factores positivos y negativos de la calificación del año 2015 tomando en cuenta lo siguiente:
   A) El total de los "puntos positivos" de la calificación del año 2015, divido entre 10
   B) El total de los "puntos negativos" de la calificación del año 2015 y en este caso permanecerá igual.

                               CAPITULO II
                          DISPOSICIONES FINALES
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