Fecha de Publicación: 10/11/2003
Página: 310-A
Carilla: 44

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 8

 Los cargos y funciones contratadas establecidas en el Presupuesto 
Operativo, (Anexo B2, que forma parte de este Decreto), son los 
efectivamente necesarios al 1º de junio de 2002. El Directorio podrá en 
el futuro efectuar transformaciones de cargos y funciones que no supongan 
incremento de gastos, a los efectos de adecuar la estructura de cargos y 
funciones a las reales necesidades de la empresa, dando cuenta a la 
Oficina de Planeamiento y Prespuesto de las mismas, acompañándolas de un 
análisis de sus costos y financiamiento. Las transformaciones que se 
incluyen en el presupuesto y las que el Directorio proponga en el futuro 
deberán ser fundamentadas desde el punto de vista de la estructura 
organizativa. Toda transformación implicará la eliminación automática del 
o de los cargos que se transforman.
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