Fecha de Publicación: 24/01/2023
Página: 34
Carilla: 34

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

                               Decreto 448/022

Apruébase el Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay, correspondiente al ejercicio 2023.
(177*R)

MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 30 de diciembre de 2022

   VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio 2023;

   CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones;

   ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2023 de acuerdo con el siguiente detalle:

CONCEPTO
MONTO EN PESOS
I - INGRESOS.
5.723.466.962
II - EGRESOS.
4.828.029.126
1. Operativos
4.210.648.454
2. Financieros (Grupo 6)
568.146.147
3. Inversiones
49.234.525
III - RESULTADO PRESUPUESTARIO
895.437.836
IV - Variación de COLOCACIONES
2.503.213.357
V - Variación de DEPÓSITOS
-1.291.609.781
VI - RESULTADO OPERACIONES BANCARIAS
1.211.603.576
VII - RESULTADO GLOBAL
2.107.041.412


		
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