Fecha de Publicación: 08/10/2009
Página: 75-A
Carilla: 9

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 Se exhorta a los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los
Servicios Descentralizados y, en general, a todos los órganos del Estado a
adoptar las disposiciones establecidas en el presente Decreto.
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