Fecha de Publicación: 04/12/2001
Página: 521-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 16

 La ruptura del vínculo funcional con la Administración de quienes 
hubieran sido incorporados al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social al 
amparo de lo dispuesto por el artículo 379º, implicará la baja del 
respectivo crédito.-
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