MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el artículo precedente y la correspondiente regularización, tendrán vigencia a partir del 1º de enero de 2001 y será ajustada de acuerdo con las modificaciones con respaldo normativo efectuadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2000.Ayuda