Fecha de Publicación: 04/02/2002
Página: 386-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 6

 Créase un Grupo de Trabajo integrado por representantes del Ministerio 
de Salud Pública, Ministerio de Economía y Finanzas, y el Comité 
Ejecutivo para la Reforma del Estado que lo coordinará, a los efectos de 
la adecuación de la estructura de puestos de trabajo para el cumplimiento 
de los nuevos cometidos que se determinen para las Unidades Ejecutoras 
del Inciso, con un plazo máximo de ciento ochenta días (180). Asimismo, 
deberá procurar la incorporación de los Sistemas de Supervisión  de las 
Condiciones Objetivas de Trabajo (SCOT) y de Retribuciones (SR).
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