Modifícase el literal c. del artículo 19 del Reglamento de Interconexión
aprobado por Decreto 442/001 de fecha 13 de noviembre de 2001, el cual
quedará redactado de la siguiente manera:
"c. Cambiar de PLDI bajo la modalidad de Selección de Presuscripción, de
conformidad a lo que se establezca en el respectivo Reglamento del
Sistema Multiprestador de Larga Distancia Internacional".