Fecha de Publicación: 11/01/2005
Página: 99-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 5

 Durante los dos primeros años de vigencia de este Decreto, el prestador
de telefonía básica y los prestadores de telefonía móvil estarán
obligados a publicar las Ofertas de Interconexión de Referencia con los
contenidos estipulados en el artículo 26 del Decreto 442/001 de fecha 13
de noviembre de 2001.
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