Fecha de Publicación: 02/01/1996
Página: 2-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 05/01/1996, 08/01/1996, 15/01/1996.

Artículo 4

   Lo dispuesto en el presente Decreto se aplicará a las operaciones de
importación registradas a partir del 1º de enero de 1996.
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