Fecha de Publicación: 15/10/1981
Página: 106-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

  El proyecto de resolución deberá ser elevado a la Secretaría de 
Planeamiento, Coordinación y Difusión, por lo menos con treinta días de
anticipación a la fecha prevista de salida al exterior, adjuntando la
solicitud de autorización con los datos siguientes:

a) Misión que debe cumplirse, lugar, duración, nombre y número de los
   delegados propuestos;

b) Razones o motivos para llevar a cabo la misión;

c) Sumaria estimación de los resultados que se esperan obtener de la
   misma;

d) Justificación del número de delegados propuestos;

e) Fondos a los que deban imputarse los gastos que genere la misión.
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