Fecha de Publicación: 15/10/1981
Página: 106-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

  Sólo en el caso que la imposibilidad de cumplir con el plazo del 
artículo 2º haya sido justificada, la Secretaría de Planeamiento, 
Coordinación y Difusión dará trámite urgente y preferencial a la 
solicitud.
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