Fecha de Publicación: 29/10/2008
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Carilla: 75

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 12

 La contratación de ex empleados del Banco de Crédito (en liquidación) se
realizará al amparo del régimen dispuesto por la Ley Nº 17.556, de 18 de
setiembre de 2003 y en el marco de lo establecido por la Ley Nº 18.168, de
12 de agosto de 2007.
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