Decreto 506/001
Adécuanse las disposiciones que regulan las encomiendas postales
internacionales.
(3.380*R)
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 20 de diciembre de 2001
VISTO: las normas reglamentarias que regulan las encomiendas postales
internacionales.-
RESULTANDO: que es necesario adecuar las referidas disposiciones a la
realidad derivada de las modificaciones que ha experimentado el comercio
mundial a partir del uso de nuevas tecnologías.-
CONSIDERANDO: I) que dicha adecuación debe, en primer lugar atender a la
salvaguarda de las condiciones de equidad en la carga tributaria que
deben aportar los bienes adquiridos a empresas locales en relación a
similares bienes importados a través de las nuevas modalidades
aludidas.-
II) que sin perjuicio de ello, a efectos de facilitar la libertad de
elección de los consumidores en el referido marco de equidad, resulta
conveniente establecer un régimen opcional de tributación simplificado.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 114º a 116º del
Código Aduanero y artículo 649º de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre
de 1990.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Por encomiendas postales internacionales se entienden los envíos
intercambiados por dos o más países (vía superficie o áerea) que se
efectúen con intervención de las administraciones de correo del país
remitente y del país receptor y cuyo peso unitario no exceda de 20 kgs.
(veinte kilogramos).-
BATLLE, ALBERTO BENSION, DIDIER OPERTTI, ANTONIO MERCADER.