Fecha de Publicación: 29/12/2003
Página: 840-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 27

 El Directorio podrá disponer que sean distribuídas entre los Abogados y 
Procuradores que presten funciones en la Oficina de Jurídica, las 
imposiciones en costos, que beneficien a la Administración. También podrá 
extender esta disposición a los Asesores Letrados de Directorio cuando 
éstos intervengan directamente en los juicios respectivos. Mediante la 
reglamentación se establecerán las condiciones y el porcentaje a 
distribuir.
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