Fecha de Publicación: 27/12/2005
Página: 744-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 3

 Las irregularidades en la gestión y en el uso de las exoneraciones y
bonificaciones, habilitarán a la Dirección Nacional de Transporte del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a dejar sin efecto las mismas,
según lo dispuesto en los decretos Nos. 11/978 de 4 de enero de 1978 y
599/980 de 13 de noviembre de 1980.
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