Fecha de Publicación: 30/11/1992
Página: 1482-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Decreto 536/992

Apruébanse los precios de venta a partir del día 3 de noviembre de 1992, para los Alcoholes y bebidas que elabora la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland.

Ministerio de Industria, Energía y Minería
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                        Montevideo, 29 de octubre de 1992

   Visto: Que la ANCAP por Oficio de fecha 29 de octubre solicita la
aprobación de nuevos precios de venta para los alcoholes y bebidas que se
mencionan;

   Considerando: Los fundamentos que llevaron a dicho Ente a fijar los
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio

   Atento: A lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
y lo dispuesto por el inciso f) del Art. 3º) de la Ley Nº 8.764 del 15 de
octubre de 1931, modificado por la Ley Nº 15.312 del 20 de agosto de
1982

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Se aprueban los siguientes precios de venta a partir de la hora cero
del día 3 de noviembre de 1992 para los alcoholes y bebidas que elabora
ANCAP, que se detallan a continuación:

a) BEBIDAS

Caña 40°, bot. 1/1 lt.        N$ 6.058,00
Grapa 38°, bot.1/1 lt.        N$ 7.803,00

   Estos valores no incluyen el Impuesto Específico Interno ni el Impuesto al Valor Agregado, los que se cargarán en factura.
   Los precios fijados incluyen el valor del envase. Para la venta en botellas de medio litro o fracción, los precios se ajustarán de acuerdo
con los costos de esas modalidades de venta.
   Para otras modalidades de venta se cargarán los gastos correspondientes.

b) ALCOHOLES POTABLES

Vínico 75°, por litro             N$ 17.116,00
Rectificado 95°, por litro        N$  4.834,00
Extrafino 95°, por litro          N$  7.613,00
Vínico Añejado 60°, por litro     N$ 15.083,00

   Los precios son para productos a granel o envases de más de 25 litros
de capacidad.
   Para otras formas de entrega se cargarán los gastos correspondientes.
   En la misma forma se procederá en caso de agregarles desnaturalizantes.
   Los precios de estos productos no incluyen el IMESI ni el IVA, que se cargarán en la factura.

c) ALCOHOLES DE FARMACIA

Farmacia 95º, bot. 1 litro        N$ 7.033,00
Eucaliptado 70º, bot. 1 litro     N$ 5.221,00

   Los precios de estos productos no inluyen el IMESI ni el IVA, que se cargarán en factura. El precio de los alcoholes para farmacia incluye el valor del envase.

d) ALCOHOLES DESNATURALIZADOS

   Eucaliptado 70º, por litro     N$ 3.693,00
Desnaturalizado 87º, por litro    N$ 3.713,00   
Desnaturalizado 95º, por litro    N$ 3.249,00
Industria Gráfica 95º, por litro  N$ 3.097,00     

   Los precios de estos productos no incluyen el IMESI ni el IVA, que se cargarán en la factura.
   Estos precios son para productos entregados a granel o envases de más de 25 litros de capacidad.
   Para otras formas de entrega se cargarán los gastos correspondientes.

e) VARIOS

Alcohol Absoluto 100°, por litro                     N$ 14.194,00
Alcohol Metílico por litro                           N$  3.966,00
ALcohol Metílico Hidratado por litro                 N$  2.123,00

  Los precios de estos productos no incluyen el IVA, que se cargará en factura ni el valor del envase, que se facturará por separado.
  Estos precios son para productos entregados a granel o envases de más de 25 litros de capacidad.
  Para otras formas de entrega se cargarán los gastos correspondientes.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO de POSADAS MONTERO.
Ayuda