Fecha de Publicación: 30/12/2005
Página: 866-A
Carilla: 86

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 545/005

Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común vigentes, a regir a partir del 1º de enero de
2006.
(2.462*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
   MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERIA

                                       Montevideo, 26 de Diciembre de 2005

VISTO: el Decreto Nº 527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó
al ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su
correspondiente Arancel Externo Común.-

RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones Nº 1/05,
12/05 y 27/05.-

CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las
modificaciones resultantes de la referida Resolución del Grupo Mercado
Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la
materia.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley Nº
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14.629, de 5
de enero de 1977.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con los tres anexos que
forman parte del presente Decreto.-

Artículo 2

 Las modificaciones establecidas en el artículo 1º regirán a partir del
1º de enero de 2006.-

Artículo 3

 Dése cuenta a la Comisión Permanente.-

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.- Dr. TABARE VAZQUEZ, Presidente de la
República; DANILO ASTORI; REINALDO GARGANO; JORGE LEPRA; JOSE MUJICA.



                               ANEXO l

NCM              DESCRIPCION                                    AEC%
2937.23.92       Gestodene                                       14
3004.39.25       Calcitonina                                     8
3907.99.92       Poli(epsilon caprolactona)                      2
7212.50.10       Con una capa de aleación cobre-estaño-
                 plomo, aplicada por sinterización               2
7304.59.1        Tubos de diámetro exterior inferior o igual a
                 229 mm
7304.59.11       Con un contenido de carbono
                 superior o igual al 0,98% pero inferior o
                 igual al 1,10%, en peso, cromo superior o
                 igual al 1,30% pero inferior o igual al 1,60%,
                 en peso, silicio superior o igual al 0,15%
                 pero inferior o igual al 0,35%, en peso,
                 manganeso superior o igual al 0,25% pero
                 inferior o igual al 0,45%, en peso, fósforo
                 inferior o igual al 0,025% y azufre inferior o
                 igual al 0,025%, en peso                        2
7304.59.19       Los demás                                       16
8408.90.10       Estacionarios, de potencia normal ISO,
                 superior a 412,5 kW(550 HP), según Norma
                 ISO 3046/1                                      0BK
8408.90.90       Los demás                                       14BK

                                ANEXO ll

NCM              DESCRIPCION                                     AEC%
2841.90.22       Ferrito de estroncio                            10
7409.31          - - Enrolladas
7409.31.1        Revestidas de plástico
7409.31.11       Con una capa intermedia de aleación
                 cobre-estaño o cobre-estaño-plomo,
                 aplicada por sinterización                      2
7409.31.19       Las demás                                       12
7409.31.90       Las demás                                       12
8413.91          - - De bombas
8413.91.10       Varillas de bombeo, de los tipos utilizados
                 para la extracción de petróleo                  14BK
8413.91.90       Las demás                                       14 BK

                                ANEXO lll

NCM              DESCRIPCION                                     AEC (%)
3003.20.92       Fumarato de tiamulina                           8
3004.20.92       Fumarato de tiamulina                           8
3903.90.20       Copolímeros de acrilonitrilo-estireno-
                 acrilato de butilo (ASA)                        2
7608.20.10       Sin costura, extrudidos y trefilados
                 según norma ASTM B210, de sección
                 circular, de aleación AA 6061
                 ("Aluminium Association"), con límite
                 elástico aparente de Johnson("JAEL")
                 superior a 3.000 Nm según norma SAE
                 AE7, diámetro exterior superior o igual
                 a 85 mm pero inferior o igual a 105 mm
                 y espesor superior o igual a 1,9 mm e
                 inferior o igual a 2,3 mm                       2
9018.39.24       Catéteres intravenosos periféricos, de
                 poliuretano o de copolímero de etileno-
                 tetrafluoretileno (ETFE)                        16

Se eliminan las siguientes posiciones: 7304.59.10; 7409.31.00;
8413.91.00.


		
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