Fecha de Publicación: 16/02/2011
Página: 535-A
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 4

 La selección se realizará mediante concurso a través del Sistema de
Reclutamiento y Selección de Recursos Humanos de la Oficina Nacional del
Servicio Civil y su correspondiente reglamentación.
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