Fecha de Publicación: 16/02/2011
Página: 535-A
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

 A los efectos de la transición prevista en el artículo 55 de la Ley N°
18.719 de 27 de diciembre de 2010, autorízase a los Jerarcas de los
Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional la contratación, por única vez
bajo la modalidad de Contrato Temporal de Derecho Público creada por el
artículo 53 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, de las
personas contratadas al amparo de los regímenes mencionados en los
Resultandos II) y III) del presente decreto, cuyos contratos venzan entre
el 1° de enero y el 31 de marzo de 2011 o que continúen vigentes luego de
dicha fecha, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio
Civil.
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