Fecha de Publicación: 16/02/2011
Página: 535-A
Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

 Los respectivos contratos deberán inscribirse a través del módulo
Organización y Funcionarios del Sistema de Gestión Humana (S.G.H.), en el
Registro de Vínculos con el Estado (R.V.E.) creado por el artículo 13 de
la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
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