Remítase a la Asamblea General, comuníquese, publíquese, etc.
FORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Inciso 02 - Presidencia de la República
Unidad Ejecutora 009 - Unidad Reguladora de Servicio de Comunicaciones
Capítulo I: Objetivos Estratégicos
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (U.R.S.E.C.), es
responsable de regular y controlar las actividades referidas a
telecomunicaciones, entendidas como toda transmisión o recepción de
signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier
naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios ópticos y otros sistemas
electromagnéticos y, asimismo, las relativas a la admisión,
procesamiento, transporte y distribución de correspondencia realizada por
operadores postales.
Promueve la extensión y universalización del acceso a los servicios así
como la libre competencia en su prestación igualitaria, con regularidad,
continuidad y calidad.
Fomenta el nivel óptimo de inversión para la prestación de los servicios
y la aplicación de tarifas que reflejen los costos económicos en cuanto
correspondiere.
Protege los derechos de los usuarios y consumidores y la libre elección
entre los diversos prestadores de servicios.
Capítulo II: Cometidos
1. Cometidos Sustantivos
En materia de servicios de telecomunicaciones:
* Asesorar al Poder Ejecutivo en materia de formulación, instrumentación
y aplicación de la política de comunicaciones.
* Velar por el cumplimiento de las normas sectoriales específicas.
* Administrar, defender y controlar el espectro radioeléctrico nacional.
* Otorgar autorizaciones precarias para el uso de frecuencias del
espectro radioeléctrico nacional, así como para la instalación y
operación de estaciones radioeléctricas excepto emisoras de
radiodifusión. Los servicios autorizados estarán sometidos al contralor
del autorizante, en todos los aspectos de su instalación y
funcionamiento.
* Previa autorización genérica del Poder Ejecutivo y conforme al
reglamento que dictará el mismo, cuando se asigne el uso de frecuencias
por la modalidad de subasta u otro procedimiento competitivo, podrá
establecer en el llamado a interesados cuál será el plazo de la
autorización y sus garantías de funcionamiento y sobre dichas bases
autorizar el uso de las frecuencias.
* Controlar la instalación y funcionamiento, así como la calidad,
regularidad y alcance de todos los servicios de telecomunicaciones,
sean prestados por operadores públicos o privados.
* Formular normas para el control técnico y manejo adecuado de las
telecomunicaciones, así como controlar su implementación.
* Fijar reglas y patrones industriales que aseguren la compatibilidad,
interconexión e interoperabilidad de las redes, incluida la red
pública, así como el correcto y seguro funcionamiento de los equipos
que se conecten a ellas, controlando su aplicación.
* Presentar al Poder Ejecutivo para su aprobación, un proyecto de
reglamento y un pliego único de bases y condiciones para la selección
de las entidades autorizadas al uso de frecuencias radioeléctricas.
* Ejercer la supervisión técnica y operativa de las emisiones de
radiodifusión y de televisión cualesquiera fuere su modalidad.
* Mantener relaciones internacionales con los Organismos de
comunicaciones en cuanto a sus funciones específicas y proponer al
Poder Ejecutivo la realización o asistencia a reuniones a dichos
Organismos, así como los delegados.
* Hacer cumplir las normas legales en la materia, sus reglamentaciones,
disposiciones emanadas de ella misma, y actos jurídicos habilitantes de
la prestación de servicios comprendidos dentro de su competencia.
* Asesorar al Poder Ejecutivo respecto a los requisitos que deberán
cumplir quienes realicen actividades comprendidas dentro de su
competencia.
* Dictaminar preceptivamente en los procedimientos de concesión y
autorización para prestar servicios comprendidos dentro de su
competencia, los que deberán basarse en los principios generales de
publicidad, igualdad y concurrencia.
* Preparar y presentar al Poder Ejecutivo para su aprobación, un pliego
único de bases y condiciones para el dictado de los actos jurídicos
habilitantes de la prestación de servicios comprendidos dentro de su
competencia, al que deberán ajustarse los pliegos particulares que la
Administración competente confeccione en cada caso;
* Emitir normas generales e instrucciones particulares que aseguren el
funcionamiento de los servicios comprendidos en su competencia con
arreglo a lo establecido por las políticas sectoriales y los objetivos
enunciados en la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.
* Dictar normas técnicas con relación a dichos servicios;
* Controlar el cumplimiento por parte de los operadores públicos y
privados, prestadores de servicios comprendidos dentro de su
competencia, de las normas jurídicas y técnicas aplicables, pudiendo
requerirles todo tipo de información.
* Recibir, instruir y resolver las denuncias y reclamos de los usuarios y
consumidores respecto a los servicios comprendidos dentro de su
competencia que no hayan sido atendidos por los prestadores.
* Proteger los derechos de usuarios y consumidores, pudiendo ejercer las
atribuciones conferidas a las autoridades administrativas por la Ley
Nº 17.250, de 11 de agosto de 2000.
* Determinar técnicamente en aplicación de los criterios legalmente
establecidos, las tarifas y precios sujetos a regulación de los
servicios comprendidos dentro de su competencia, elevándolos al Poder
Ejecutivo para su consideración y aprobación. La tarifa de
interconexión deberá establecerse de común acuerdo entre las partes, y
si no existe acuerdo lo resolverá la Unidad Reguladora.
* Aplicar las sanciones previstas en los literales a) a d) del artículo
89 de la Ley Nº 17.296 - en este último caso, cuando se trate de una
sanción exclusiva - y dictaminar preceptivamente ante el Poder
Ejecutivo para la adopción de las restantes.
* Promover la solución arbitral de las diferencias que se susciten entre
agentes del mercado.
* Convocar a audiencia pública cuando lo estime necesario, previa
notificación a todas las partes interesadas, en los casos de
procedimientos iniciados de oficio o a instancia de parte, relacionados
con incumplimientos de los marcos regulatorios respectivos.
* Asesorar preceptivamente al Poder Ejecutivo en materia de convenios
internacionales u otros aspectos comprendidos en su competencia o
conexos con ella.
* Prevenir conductas anticompetitivas y de abuso de posición dominante en
las actividades comprendidas en su competencia, sin perjuicio de lo
dispuesto en las normas vigentes en materia de servicios públicos y
monopolios legalmente establecidos.
* Cumplir toda otra tarea que le sea cometida por la ley o por el Poder
Ejecutivo.
En materia de servicios postales:
* Velar por el cumplimiento de las normas sectoriales específicas.
* Establecer normas regulatorias de los servicios postales, en
conformidad con las normas legales y con los convenios y acuerdos
internacionales que se refieren a ellos.
* Autorizar la prestación de servicios postales a terceros, establecer
los requisitos necesarios para dichas autorizaciones, controlando su
cumplimiento.
* Mantener actualizado el registro de empresas autorizadas a prestar
servicios postales, en el que deberán inscribirse también los
permisarios habilitados, en las condiciones que se determinen.
2. Cometidos de Apoyo a los Sustantivos
* Administrar los recursos humanos, materiales y financieros
* Sustanciar los asuntos que tengan relación directa con la Unidad
Ejecutora.
3. Cometidos no sustantivos con actividad prestacional fuera del ámbito
de la Administración Central
* Realizar las certificaciones médicas.
* Efectuar el mantenimiento de la flota de vehículos.
* Realizar la limpieza y el mantenimiento edilicio.
* Efectuar el mantenimiento de los equipos de oficina.
* Cumplir tareas de vigilancia.
* Ejecutar programas de capacitación del personal.
* Diseñar e implantar programas informáticos.
* Prestar servicios de mensajería.
* Brindar atención telefónica.
Capítulo III: Estructura Organizativa
1. Organización
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones constituye un órgano
desconcentrado del Poder Ejecutivo, que funciona en el ámbito de la
Comisión de Planeamiento y Presupuesto.
2. Descripción de las funciones asignadas a la Comisión y a las unidades
directamente dependientes
Comisión
* Ejercer la dirección técnica y administrativa de la Unidad Ejecutora.
Al Presidente corresponde:
* La representación de la Unidad
* Cumplir y hacer cumplir las normas constitucionales, legales y
reglamentarias.
* Ejecutar y hacer cumplir las resoluciones de la Comisión.
* Presidir las sesiones de la Comisión y dirigir sus deliberaciones.
* Adoptar las medidas que estime conveniente en caso de urgencia,
dando en cuenta en forma inmediata a la Comisión y estando a lo que
esta resuelva.
* Citar a las sesiones ordinarias y extraordinarias, estableciendo el
orden del día.
* Presentar a la Comisión para su aprobación el Balance y proyecto de
memoria anual
* Firmar conjuntamente con los Directores respectivos el Balances del
Organismo.
* Firmar con el Secretario General las Resoluciones de la Comisión y la
correspondencia oficial.
* Firmar con el Secretario General y con los funcionarios que la Comisión
designe los contratos y documentos de cualquier naturaleza, debidamente
autorizados por ésta
* Fiscalizar el desarrollo de las actividades y desempeño de los
funcionarios del Organismo, dando cuenta a la Comisión.
Esta Comisión contará con una Secretaría, cuyos cometidos son:
* Redactar y hacer redactar bajo su dirección las comunicaciones
oficiales, la correspondencia de la Comisión y refrendar la firma del
Presidente en ellas.
* Asistir a las sesiones de la Comisión, levantar las actas respectivas,
las que deberán insertarse por orden numérico en el libro
correspondiente.
* Llevar un registro numerado de las Resoluciones del Organismo.
* Preparar la relación de asuntos a considerar por la Comisión.
* Cumplir todas aquellas funciones que el Presidente o la Comisión le
encomienden.
Auditoria General
* Efectuar las tareas de auditoria de la gestión operativa, denunciando
ante la Comisión las irregularidades detectadas.
* Realizar propuestas de medidas correctivas.
* Efectuar las investigaciones que la Comisión le encomiende
Asesoría Técnica
* Asesorar en materia técnica, económica y jurídica cuando la Comisión lo
requiera.
* Asesorar en políticas de comunicación y diseñar estrategias de
comunicación interna y externa que comprenda a todos los agentes con
los que se relaciona el organismo.
Gerencia General
* Efectuar la coordinación de las actividades propias del Organismo con
las Gerencias de Operaciones, Jurídica, y de Planificación y
Regulación.
* Dirigir el funcionamiento técnico del organismo dentro de las normas
establecidas por la Comisión, adoptando las medidas necesarias para
asegurar el cumplimiento de las decisiones, resoluciones y directivas
establecidas.
* Asesorar y asistir a la Comisión en todas aquellas materias
regulatorias que le sean requeridas.
* Asistir a la Comisión en la elaboración de propuestas de políticas
para el sector de comunicaciones
División: Gerencia de Operaciones
* Entender en la gestión técnica operativa del organismo con el fin de
implementar las políticas diseñadas, incluyendo las actividades de
control, protección de derechos de los usuarios y de instrumentación de
las directivas en materia de servicios de telecomunicaciones y
comunicaciones postales.
* Asesorar técnicamente a la Comisión y a las áreas pertinentes en todo
lo relacionado con aspectos operativos.
Departamento: Gerencia de Administración del Espectro Radioeléctrico
* Administrar y gestionar el espectro radioeléctrico a efectos de
maximizar los resultados de su utilización.
* Asignar las frecuencias de los distintos servicios de
telecomunicaciones, estableciendo los criterios técnicos
correspondientes.
* Desarrollar las tareas de normalización siguiendo los lineamientos de
la planificación general de atribución de frecuencias.
Departamento: Gerencia de Servicios de Comunicaciones
* Controlar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de
telecomunicaciones y servicios postales por parte de los operadores.
* Entender en los aspectos operativos de los servicios de
telecomunicaciones incluyendo, entre otros, el acceso a recursos
esenciales, la interconexión de redes, los planes de numeración, lo
concerniente al sistema de larga distancia internacional, sistemas
satelitales, transmisión de datos y televisión para abonados.
* Asegurar la protección de los derechos de los usuarios de los
servicios de telecomunicaciones y postales.
División: Gerencia de Asuntos Legales
* Asesorar jurídicamente a la Comisión y a las áreas pertinentes en todo
lo involucrado con el funcionamiento del organismo.
* Actuar en representación del órgano y patrocinarlo ante la Justicia.
División: Gerencia de Planificación Regulatoria
* Entender en la elaboración de propuestas de políticas para el sector, y
de las normas e instrumentos jurídicos que recepten los nuevos
avances tecnológicos.
* Asistir en el diseño de regulaciones que impliquen promover una
competencia dinámica y leal para la provisión de servicios y productos
de telecomunicaciones.
* Entender en el estudio y análisis de la evolución y perspectivas de los
diversos sectores de comunicaciones que sirvan como soporte de las
propuestas de los diseños regulatorios.
División: Gerencia de Administración
* Administrar la ejecución de los cometidos de apoyo y la coordinación de
los recursos humanos, materiales y financieros, de acuerdo a las
políticas establecidas, a fin de efectuar una asignación racional de
los recursos humanos y materiales, para lograr una mayor eficiencia del
organismo y un mejor desempeño del personal.
Departamento: Gerencia de Administración de Recursos
* Entender en la administración de los recursos materiales y humanos del
organismo.
* Ejecutar programas de capacitación de personal.
* Controlar el cumplimiento de la normativa vigente en lo referente al
personal y demás recursos.
Departamento: Gerencia Financiero Contable
* Entender en la gestión financiero contable del organismo.
* Controlar el cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a
recursos económicos.
* Efectuar el registro contable y proporcionar datos fuente para el
Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.).
3- Actividades desarrolladas total o parcialmente por terceros
* Certificaciones médicas.
* Mantenimiento de la flota de vehículos.
* Limpieza y el mantenimiento edilicio.
* Mantenimiento de los equipos de oficina.
* Tareas de vigilancia.
* Ejecución de programas de capacitación de personal.
* Diseño e implementación de programas informáticos.
* Mensajería.
* Atención telefónica
En todos los casos el contrato será ejecutado totalmente por terceros. La
definición de los términos contractuales y el control de su cumplimiento
estará a cargo del Departamento de Administración de Recursos.
Capítulo IV: Estructura de Puestos de Trabajo
La estructura de puestos de trabajo se definirá y proveerá con
especificación de la naturaleza del vínculo funcional y características
de los cargos o funciones contratadas, en consideración al funcionamiento
de la organización.
Capítulo V - Plan de Implantación
1. Contrataciones con terceros de los servicios cuya ejecución se deriva
al sector privado
Primera etapa. Hasta 180 días después de la aprobación de la estructura
organizativa: estudio y definición de la factibilidad y modalidad de
contratación con terceros y la realización de estudios específicos.
Segunda etapa. Hasta 60 días de vencido el plazo fijado en la etapa
anterior: instrumentación de las contrataciones correspondientes para
cada caso particular.
Las contrataciones de especialistas en áreas especificas de la
U.R.S.E.C., se efecutarán en la medida que la Comisión Directora
determine su conveniencia, con el objetivo de lograr una mejor calidad en
la ejecución de sus actividades sustantivas.
2. Definición del presupuesto del Organismo y de la nueva estructura de
puestos de trabajo
Primera etapa. Hasta 60 días de aprobado el presente Decreto: análisis de
funcionamiento de la organización y propuesta de los ajustes necesarios
Segunda etapa. Hasta 150 días de cumplida la etapa anterior: proponer el
presupuesto de funcionamiento e inversiones del Organismo así como su
financiamiento. Definir conjuntamente con éste la estructura de puestos
de trabajo especificando la naturaleza del vínculo funcional, escalafón,
grado, denominación y serie. Desarrollar los procesos necesarios para la
propuesta de designación de sus titulares.