Fecha de Publicación: 19/01/1995
Página: 132-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

Fíjanse las Tasas Globales Arancelarias que en cada caso se indican,
para la importación de los productos sujetos actualmente al régimen
arancelario general establecido por el Decreto Nº 649/992 de 28 de
diciembre de 1992 y comprendidos en el "Régimen de Adecuación Final a la
Unión Aduanera" y de los productos del sector azucarero y del sector
automotriz, cuya nómina integra el Anexo que forma parte del presente
decreto.
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