El Ministerio de Agricultura y Pesca, por medio de la Dirección de Contralor Legal, fiscalizará el funcionamiento del Registro, con los siguientes cometidos:
A) Fiscalizar la buena marcha del registro;
B) Verificar el cumplimiento y la observación, por la Comisión
Honoraria Administrativa del Registro, de su estatuto y del presente
decreto;
C) Suscribir el certificado.
Los libros del Registro de Boletos de Compraventa de Haciendas serán
certificados por el Ministerio de Agricultura y Pesca.