Fecha de Publicación: 24/04/2006
Página: 92-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 27

 Créase 1 cargo de Gerente de Sucursal (Escalafón R, grado 004), como
última etapa del Plan de Reestructuración de Filiales del Banco de
Previsión Social, con el cometido de planificar, organizar, dirigir,
coordinar y controlar las sucursales y agencias del Interior.
Los Gerentes de Sucursal permanecerán en el destino asignado un mínimo de
un año y un máximo de dos años; vencido dicho plazo el Directorio le
podrá asignar otro destino para el cumplimiento de funciones similares en
otra Sucursal no percibiendo otra compensación por dicho traslado que la
prevista en el artículo siguiente.
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