Fecha de Publicación: 21/12/1979
Página: 751-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 19

   El Sector Granos (SEGRA), del Ministerio de Agricultura y Pesca 
tendrá las más amplias facultades de contralor del cumplimiento de
las normas establecidas en el presente decreto.
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