PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Los Jefes o Encargados de las reparticiones, serán responsables del control del cumplimiento efectivo de las cargas horarias autorizadas, debiendo informar al jerarca de la Unidad Ejecutora los incumplimientos que se comprueben. La omisión de este deber será considerada falta administrativa grave (artículo 187 del Decreto 500/991).Ayuda