El total de lo producido de las multas que se apliquen por infracciones
a las disposiciones de la Ley No. 17.940 será destinado al cumplimiento
de los fines fijados por el Artículo 5º de dicha norma, a cuyos efectos
el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Dirección
General, dispondrá las medidas administrativas correspondientes.