Fecha de Publicación: 28/01/1976
Página: 272-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 2

A los sectores de actividades comprendidos en el artículo anterior podrán
incorporarse otros por resolución del Poder Ejecutivo a iniciativa de
ASSE, previo estudio por parte del Directorio de esta última teniendo en
cuenta las necesidades específicas de los gremios a incorporar.
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